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Atravesamos una situación inédita, de un día para otro este virus nos golpeó y nos obligó a pasar más tiempo en nuestros hogares de lo que estábamos acostumbrados. Entonces en un acto de cuidarnos a nosotros mismos y a todos, desde nuestras casas nos apegamos lo más que podemos a las indicaciones que nos imparten, levantando la bandera de “De ésta salimos juntos” “yo me quedo en casa” o el homenaje del aplauso sentido como reconocimiento a aquellos que son frente de batalla en esta pandemia.

Conectados a los medios de comunicación vamos siguiendo las cifras, casi como si fuera una guerra que queremos ganar, contra un visible, claro.

Y es entonces, donde en esta “guerra” aparece un enemigo que lejos de ser invisible se traduce en noticias como “…Un delincuente liberado, preso por la reiteradas denuncias de su ex mujer por violencia de género, aprovechó su salida y la asesinó” “...fue liberado un recluso de Batán por el asesinato de dos mujeres, condenado hasta 2029..” con el correr de los días estas noticias se multiplicarán, porque miles de personas presas por criminalidad económica, corrupción, evasión impositiva, quiebras fraudulentas y hasta violadores, femicidas y genocidas hoy no forman parte de ningún pabellón carcelario.

REPUDIO ENFATICAMENTE ESTA MEDIDA*: En estos días se está analizando disponer medidas de arresto domiciliario, de libertad o bien asegurar el aislamiento sanitario dentro de la Unidad Penitenciaria donde se encuentren alojadas las personas detenidas por delitos leves o graves, en riesgo de contagio.

Resulta grave dejar de lado el derecho penal que nos ampara, al que tanto imploramos su correcta aplicación, para otorgar beneficios a quienes no respetaron la ley y fueron juzgados y condenados, sea cual fuera la magnitud de la pena.

¿Estamos hablando de garantizar derechos humanitarios? ¿Cómo? ¿Dejando sin efecto condenas (que incluso están firmes), de aquellos que han pisoteado derechos fundamentales como el derecho a la vida, a la intimidad y a la integridad física?

Hay una preocupación genuina por parte de la sociedad que se inquieta por las liberaciones de personas presas, porque hay casos de homicidas, femicidas y violadores que han sido liberados de las prisiones, para continuar con prisión domiciliaria. ¿A qué domicilio van esas personas? ¿Al mismo domicilio de quienes han sido sus víctimas?

Cabe aclarar que cambiar el régimen de detención actual por el de domiciliaria, es una responsabilidad exclusiva y excluyente de jueces y juezas de cada causa, que deben velar por defender los derechos vulnerados para garantizar el bien jurídico a proteger la vida y la integridad de las víctimas. El Poder Judicial debe estar a la altura de la emergencia sanitaria y social y detener de inmediato y revertir la liberación de personas detenidas y su cambio de régimen, al de prisión domiciliaria. En relación al ASPO (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio) las personas que cumplen penas en dependencias carcelarias, de por sí ya se encuentran en situación de aislamiento en relación al resto de la sociedad. Liberar personas presas es desproteger a las víctimas, ya que se detectan graves irregularidades por el incumplimiento de la Ley 27.372, por la cual las personas que sufren un delito tienen derecho a ser asesoradas, acceder a la justicia, recibir protección, a ser escuchadas durante el proceso penal y en la etapa de ejecución de la pena; incumplimiento de la Ley 26.485, que busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia; incumplimiento de los compromisos de Belem Do Para, que en su artículo 7 condena todas las formas de violencia contra la mujer y conviene en adoptar, “por todos los medios apropiados y sin dilaciones", políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia.

Si bien es necesario asegurar medidas de protección sanitaria para las personas alojadas en las unidades penitenciarias, entiendo que hay acciones que se pueden llevar adelante separando a los grupos de riesgo, aislando a los posibles contagiados, haciendo test masivos, garantizando la higiene, entre otros.

Por otra parte, insto al Poder Ejecutivo para que durante la vigencia de la emergencia sanitaria se abstenga de hacer uso de sus atribuciones constitucionales de indulto y de conmutación de penas.

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